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Título : Decreto Legislativo que establece el Registro Civil en la República del Ecuador
Autor : República del Ecuador
Palabras clave : DECRETOS
PODER LEGISLATIVO
REGISTRO CIVIL
HISTORIA NACIONAL
Fecha de publicación : 1900
Editorial : Quito: s. e.
Citación : República del Ecuador (1900). Decreto Legislativo que establece el Registro Civil en la República del Ecuador. s. e. Quito. 20 p.
Resumen : Art. 1. En cada cabecera de cantón existirá una oficina encargada de formar y custodiar el Registro Civil, correspondiente a todo el cantón. Esta oficina se denominará "Dataría Civil". Art. 2. Las Datarías Civiles estarán a cargo de un empleado que será el jefe de dicha oficina, y del respectivo secretario que actuará en la misma oficina. El secretario será de libre nombramiento y remoción del Jefe de la Dataría Civil. Art. 3. En cada una de las Datarías Civiles se llevarán, por duplicado, los siguientes registros: de nacimientos, matrimonios, reconocimientos y legitimaciones de hijos, extranjeros y defunciones. Cada uno de estos registros se formará en un libro distinto, debidamente rotulado.
URI : http://repositorio.casadelacultura.gob.ec/handle/34000/98
Aparece en las colecciones: Fondo Ecuatoriano Republicano

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