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http://repositorio.casadelacultura.gob.ec/handle/34000/98
Título : | Decreto Legislativo que establece el Registro Civil en la República del Ecuador |
Autor : | República del Ecuador |
Palabras clave : | DECRETOS PODER LEGISLATIVO REGISTRO CIVIL HISTORIA NACIONAL |
Fecha de publicación : | 1900 |
Editorial : | Quito: s. e. |
Citación : | República del Ecuador (1900). Decreto Legislativo que establece el Registro Civil en la República del Ecuador. s. e. Quito. 20 p. |
Resumen : | Art. 1. En cada cabecera de cantón existirá una oficina encargada de formar y custodiar el Registro Civil, correspondiente a todo el cantón. Esta oficina se denominará "Dataría Civil". Art. 2. Las Datarías Civiles estarán a cargo de un empleado que será el jefe de dicha oficina, y del respectivo secretario que actuará en la misma oficina. El secretario será de libre nombramiento y remoción del Jefe de la Dataría Civil. Art. 3. En cada una de las Datarías Civiles se llevarán, por duplicado, los siguientes registros: de nacimientos, matrimonios, reconocimientos y legitimaciones de hijos, extranjeros y defunciones. Cada uno de estos registros se formará en un libro distinto, debidamente rotulado. |
URI : | http://repositorio.casadelacultura.gob.ec/handle/34000/98 |
Aparece en las colecciones: | Fondo Ecuatoriano Republicano |
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Fichero | Descripción | Tamaño | Formato | |
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